El proyecto de reforma constitucional que pretende eliminar la confesionalidad del estado costarricense y, por otra parte, modificar el texto del juramento constitucional para que no se haga mención de Dios en el mismo, amenaza con provocar una amplia discusión. Apenas ha sido puesto el proyecto en la corriente legislativa y ya se oyen airadas voces oponiéndose y amenazando con el castigo divino y el fuego de la inquisición.
Tener o profesar una religión es un asunto inherente a las personas, por lo que carece de sentido atribuirle una fe particular a un estado, aún cuando la mayoría de los ciudadanos de ese estado profesen la misma fe. Desde esa perspectiva parece apropiado reformar el artículo 75 de la constitución para convertir al país en un estado laico, garante de la libertad religiosa. Los mismos textos religiosos sustentan esa posición, basta con recordar aquello de que “al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios” o también “Mi reino no es de este mundo”.
Entonces, ¿Por qué tanto brinco si el suelo está parejo?. Creo que muchos católicos actúan de buena fe y se oponen convencidos de que defienden su religión. Los que deberían tener más claro este asunto son las autoridades de la iglesia, por su vasta formación teológica, sin embargo ya el Arzobispo de San José manifestó su oposición a la reforma del artículo 75.
En mi opinión, las autoridades eclesiásticas están más interesadas en defender la influencia de la iglesia en otras esferas de la sociedad y, por otra parte, defender sus intereses económicos, ya que el artículo 75 de la constitución dice que “La Religión Católica, Apostólica, Romana es la del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento” (El subrayado es mío). En la nueva redacción propuesta, todo eso desaparecería, incluso lo relativo a la contribución estatal. Otro argumento que justifica la modificación de la Constitución es el carácter discriminatorio de esa contribución, que excluye otras confesiones practicadas por ciudadanos que pagan impuestos.
El otro asunto de la reforma constitucional es el juramento. En este caso el juramento lo realizan personas que pueden practicar la fe católica, otra fe o ninguna en absoluto. En la reforma propuesta se cambia la referencia a Dios por una referencia a “sus convicciones”. En lo personal me parece perfecto, ya que no obliga a nadie a jurar por algo en lo que no crea, como sería el caso de un ateo. Una alternativa es la que se utiliza en España, en donde el funcionario puede decidir si jura sobre la Biblia, haciendo referencia a Dios, o promete sobre la Constitución, sin ninguna referencia confesional. Parece una solución inteligente, que complace a todos.
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