Thursday, January 04, 2007

La apostasía, un ejercicio de libertad

Jorge Camacho Sandoval

Una de las secuelas de haber vivido por cuatro años en España, mientras realizaba estudios de postgrado, es la afición a leer periódicos y ver noticieros españoles, lo que ahora resulta sencillo, con los recursos de comunicación existentes. Un titular del periódico El País del 4 de enero, llamó mi atención: “Los arzobispados de Madrid y Valencia combaten las apostasías en los tribunales”. La noticia puede leerse completa en la siguiente dirección electrónica:

(http://www.elpais.com/articulo/sociedad/arzobispados/Madrid/Valencia/combaten/apostasias/tribunales/elpepusoc/20070104elpepisoc_4/Tes).

Debo confesar que no recordaba el significado del término apostasía, pero me sonaba fuerte, así que, intrigado, me fui a la noticia. No era para tanto, simplemente se refiere a la renuncia personal a la fe cristiana, ejercida de forma individual y que como consecuencia, algunos quisquillosos, deseosos de no aparecer de ninguna manera vinculados a la iglesia, solicitan la anulación de su inscripción en los libros parroquiales de bautismo.

Dado que usualmente el bautizo católico ocurre en la infancia, no es un acto voluntario del individuo, sino un acto impuesto por otros, frecuentemente los padres. Parece entonces razonable que, alcanzada la mayoría de edad y el pleno uso de sus derechos, un individuo decida abandonar la fe de sus padres y optar por otra o por ninguna. No debería haber impedimento alguno para ejercer ese derecho, relacionado con la libertad religiosa y la libertad de asociación, principios fundamentales de muchos de los países democráticos.

Adicionalmente algunos países, entre ellos España, tienen legislación que protege los datos de carácter personal, garantizando que informaciones de ese tipo sean "exactas y puestas al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del afectado", de manera que a los apostatas les asiste razón de solicitar la anulación de su bautizo, puesto que han renunciado a la fe que profesaban. Así parecen haberlo entendido la mayoría de las autoridades eclesiásticas españolas, quienes tramitan favorablemente las solicitudes, con la excepción de los arzobispados de Madrid y Valencia, que se niegan a anular los bautizos y que han llevado el asunto a los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Mal están las cosas si la iglesia tiene que retener a sus fieles de forma arbitraria.

En fin, me parece que la apostasía es un derecho y un ejercicio de libertad.

5 comments:

Julio Córdoba said...

Don Jorge... su artículo generó inspiración...

http://juliocordoba.blogspot.com/2007/01/africa-empieza-al-sur-de-los-pirineos.html

Carlos Arce said...

Jorge. Un colega del TEC escribió un correo incitando a que ejerciéramos nuestro derecho a la apostasía y los que no son católicos y fueron bautizados exigieran la misma. Nunca había participado en ningún tipo de discusión, ni me considero buen católico, pero la forma en que lo expresaba y tal vez mi desconocimiento de repercusiones de esta situación en otras latitudes, me hizo manifestar mi opínión acerca de que debería ser improcedente que se borre de un registro algo que realmente sucedió, como un bautismo o una confirmación los cuales, si ocurrieron nunca se puede negar que ocurrieron, aunque el individuo no se diera cuenta de lo que hacía.

Si un individuo nació y se desarrolló dentro de la fe católica, por voluntad de sus padres -quienes son los que tenían potestad de hacerlo mientras no se fuera adulto- ¿por qué hay que negarlo o por qué tratar de negar que hubiera ocurrido algún hecho como el bautismo o la confirmación?

Si un individuo no está de acuerdo en pertenecer a la Iglesia Católica por una u otra causa (justificada o no) podría negarse a pertenecer a ella en este momento, pero no debe negar lo ya ocurrido.

Alguien que haya sido circuncidado ¿exigirá que le implanten el prepucio porque fue contra su voluntad al nacer o cuando niño?, o se empeñará en decir que no lo circuncidaron si no está de acuerdo en lo que le hicieron? Y eso mismo ocurre muchas acciones que sucedieron y no tienen marcha atrás o no se puede negar que ocurrieron.

Considero que en tal caso, lo que debería hacerse es informar formalmente a la Iglesia Católica y si se quiere también extrepasrlo en forma pública, que ya no profesa esa Religión, para que haya constancia de eso, pero me parece ilógico que se exija borrar todos los registros, ¿o es que le "queman" tanto en el alma?

¿Qué va a hacer entonces o cómo va a deshacerse de las Sagradas Ostias o el Vino Consagrado que desde la Primera Comunión ha ingerido y ahora son parte de su ser?

¿Realmente esos registros perjudican en algo u obstaculizan profesar otra religión?

Me parece a primera impresión, que la apostasía es insensata (sin sentido) para no decir otra palabra.

Carlos Arce

Jorge Camacho said...

Hola Carlos:

En realidad el registro como tal no puede desaparecer, ya que efectivamente existe. Lo que garantiza la ley de protección de datos española y reclaman los apóstatas de esa nacionalidad, es que datos privados en posesión de terceros reflejen la situación actual de la persona. Es decir, que se anule, no elimine el registro, de manera que el nombre del apóstata no figure,oficialmente, como miembro de la iglesia.

En lo personal, creo que cada individuo tiene el derecho o la libertada de renegar de su fe, allá cada uno si la ejerce. En mi caso, como en el de la mayoría, nací en una familia católica y fui bautizado. Actualmente soy creyente pero no practico ninguna religión en particular, pero no creo necesario pedir la anulación del registro de bautismo, aunque pienso que quién lo quiera hacer, tiene ese derecho.

Saludos,

drericklagos said...

Saludos. Entiendo que en Costa Rica se puede solicitar la apostasía. Tienen información respecto a lo que se debe hacer?

drericklagos said...

me pueden enviar la información aquí: drericklagos@gmail.com